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Al introducir por primera vez en la vista su petición de que el marido contribuyera a los gastos de los animales, la esposa intentó alterar sorpresivamente el objeto de enjuiciamiento, limitado al divorcio y al reconocimiento o no de una pensión compensatoria, por lo que el juez no puede dar respuesta a una cuestión sobre la que la otra parte no ha podido defenderse mediante la formulación oportuna de alegaciones contradictorias.
27 de agosto de 2024