La dueña del inmueble dedujo acción reivindicatoria para recuperar parte de la propiedad ocupada, la que fue acogida por la magistratura al verificar la privación del dominio. Asimismo, el máximo Tribunal indicó que la demandada no puede desconocer los hechos asentados en el juicio, para invocar nuevos hechos en su recurso de nulidad sustancial.
Hechos asentados
Para acreditar una deuda no basta con hacer mención a que consta en pagarés suscritos por el deudor, es necesario incorporarlos al juicio.
No procede invocar nuevos hechos diferentes a los asentados por los jueces de instancia en sede un recurso de casación en el fondo, resuelve la Corte Suprema.
Los hechos establecidos en el fallo resultan inamovibles para la Corte Suprema al no haberse denunciado la transgresión de normas reguladoras de la prueba.
Actora debe restituir el inmueble al no acreditar que posee un justo título de tenencia basada en la convivencia previa, y también por existir una comunidad de bienes, resuelve la Corte Suprema.
La recurrente construyó su argumento de nulidad sobre la base de nuevos hechos que desconocen aquellos asentados por el tribunal, por lo que el arbitrio fue desestimado y la actora debe restituir el inmueble reclamado, al no poder acreditar título o antecedente que justifique la ocupación.
No se puede fundar un recurso de casación en alegaciones nuevas porque en relación a ellas la judicatura del fondo se ha visto impedida de emitir un pronunciamiento.
La recurrente quiso anular una escritura pública de partición respecto de un bien raíz indígena, pero en su libelo de nulidad invocó infracciones legales diferentes a las que persiguió durante el juicio, motivo por el que el máximo Tribunal desestimó el arbitrio.
La sentencia dejó establecido que la demandada no acreditó la existencia de algún título que la habilite para ocupar la propiedad, hecho que no puede ser modificado en sede de un recurso de casación en el fondo.
El máximo Tribunal no puede modificar los hechos asentados en juicio, a menos que se acredite que se infringieron las leyes reguladoras de la prueba.
El recurso de casación en el fondo no es una instancia, por lo que no procede sobre la base de añadir hechos diferentes a los asentados durante el juicio.
El recurrente quiso argumentar la presunta mala fe de los concurrentes a un remante esgrimiendo la existencia de un testamento que no fue incorporado oportunamente al proceso, hecho vedado en sede de nulidad sustancial.
Las alegaciones del recurrente no dicen relación con la materia que pretende unificar, ya que intenta incorporar nuevos hechos a aquellos ya asentados, resuelve la Corte Suprema.
El recurrente intenta modificar los hechos asentados al no poder justificar su ausencia del trabajo durante tres días, indicando que se conculcó su libertad sindical, circunstancia que fue desestimada pues el recurso se construyó sobre la base de argumentos que desconocen los hechos acreditados en juicio.
Si no se acredita infracción a las leyes reguladoras de la prueba los hechos asentados por los jueces del fondo no pueden modificarse en sede de un recurso de casación en el fondo.
Las recurrentes intentaron acreditar en sede de casación que poseían un título que justificara su ocupación en dos predios pertenecientes a una sociedad de inversiones, hecho que está vedado en sede de nulidad sustancial.
No puede solicitarse por medio de un recurso de casación en el fondo desconocer hechos asentados en el juicio si previamente no se modifican acreditándose una infracción a las leyes reguladoras de la prueba.
El recurrente pidió modificar hechos reconocidos en la causa para evitar la demarcación forzosa de su predio, desconociendo las circunstancias consideradas inamovibles en el procedimiento.
CS no puede alterar los hechos asentados en una causa al conocer un recurso de casación en el fondo a menos que se compruebe eficientemente que los tribunales del fondo vulneraron las denominadas leyes reguladoras de la prueba.
La recurrente impugnó las conclusiones fácticas alcanzadas en el juicio, consistentes en la acreditación de los perjuicios morales que sufrió la actora a consecuencia del atropello que fue víctima por parte del vehículo.
Solo los jueces de instancia pueden fijar los hechos de la causa que no pueden ser modificados en sede de casación, salvo que se acredite infracción a las leyes reguladoras de la prueba.
Recurrente intentó añadir nuevos hechos en el recurso al desconocer los asentados en la causa, y de esta forma obtener la reivindicación de un predio que reclama como propio.