El recurrente impugnó la decisión del Servicio de Registro Civil de Arica, que negó lugar a la rectificación de la posesión efectiva de los bienes quedados al fallecimiento de su padre, “por no ser hijo legítimo” del causante, y ser omitido de la herencia. El máximo Tribunal reconoció la filiación del actor para que pueda ejercer las acciones correspondientes respecto de su heredad.
27 de noviembre de 2023