
El TS establece que el uso de esta expresión con connotación peyorativa contra una persona homosexual no puede ampararse bajo el derecho a la libertad de expresión, considerándola una manifestación de homofobia.
28 de febrero de 2025
El TS establece que el uso de esta expresión con connotación peyorativa contra una persona homosexual no puede ampararse bajo el derecho a la libertad de expresión, considerándola una manifestación de homofobia.
Los Estados pueden reabrir un caso penal en perjuicio de un acusado cuando se hubiere detectado un defecto fundamental en el proceso.