Hospital psiquiátrico

Alta médica de paciente con trastorno límite de personalidad y riesgo vital debido a intentos suicidas afecta su derecho a la vida e integridad psíquica, resuelve la Corte de Santiago.

Resolvió que, tras evaluar los informes médicos que acreditan la grave condición psiquiátrica de la paciente, se debe garantizar la continuidad de su tratamiento multidisciplinario, incluyendo terapia cognitivo-conductual, dado que su estado de salud mental representa un riesgo vital. La Corte alude a la obligación de los establecimientos de salud de proporcionar la atención necesaria conforme a la Ley N° 21.621, y ordenó que se coordinen los traslados y derivaciones pertinentes para asegurar su tratamiento, protegiendo así su derecho a la vida e integridad psíquica.

30 de noviembre de 2024

Falta de cupos en recinto hospitalario no es fundamento para que enajenados mentales cumplan la medida de internación provisional en un recinto penitenciario.

9 de mayo de 2024
Ordenó que sean trasladados y recibidos de manera inmediata por el Hospital Horwitz o un centro asistencial de naturaleza similar y ofició al Ministerio de Salud a fin de que adopte las medidas necesarias para efectos de habilitar camas en los centros siquiátricos destinados a que los imputados cumplan con la medida cautelar de internación provisional.
Recurso de amparo rechazado por Corte de Puerto Montt.

Que una persona haya permanecido bajo internación provisional durante 17 años cuando el alzamiento de la medida fue comunicado oportunamente al Hospital Psiquiátrico, no es responsabilidad de la judicatura.

No obstante, la Corte ordenó la libertad judicial del amparado, sin perjuicio de lo que pueda referir y/o adoptar la autoridad médica sanitaria tratante en cuanto a la pertinencia del alta y egreso del Hospital Psiquiátrico en atención al estado de salud y capacidad actual del interno en base a su historial de vida.

1 de julio de 2023
Recurso de nulidad rechazado.

Medida de seguridad impuesta a enajenado mental que agredió a su padre en la ciudad de Valdivia, se ajusta a derecho resuelve la Corte Suprema.

El máximo Tribunal hizo notar el carácter temporal de la medida, en razón de la existencia del riesgo de agresión a terceros, desestimando de esta forma el argumento de la defensa que acusó que los 400 días de permanencia en un centro psiquiátrico constituían un tiempo prolongado de internación, en circunstancias que el delito imputado en su grado inferior establece una sanción de 61 días de privación de libertad.

26 de junio de 2023
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