Huelga de hambre


Corte de Concepción autoriza a Gendarmería para internar en caso de urgencia en un centro hospitalario a un condenado por estar en huelga de hambre líquida.

27 de febrero de 2024
Todo ser humano es dueño de su propia vida y es libre para decidir el curso de la misma, pudiendo utilizar su cuerpo como mecanismo de protesta, incluso si esto lo conduce a la muerte. El derecho a la vida que protege nuestra Carta Fundamental no puede ser utilizado en contra de su legítimo titular para obligarlo a ingerir alimentos. Pretender que el Estado puede forzar a una persona a vivir deja al derecho a la vida desprovisto de su contenido de libertad y constituye un trato incompatible con la dignidad del ser humano, refiere el voto en contra.
Recurso de protección acogido por la Corte de Temuco.

Gendarmería está autorizada a conducir a dos internos que realizan una huelga de hambre seca a un recinto de salud en caso de que peligre su vida o integridad física.

Aunque se trate de una conducta que podría encuadrarse dentro de la autonomía de la voluntad de los recurridos, no es menos cierto que dicho actuar atenta en contra de bienes jurídicos protegidos por nuestra Constitución Política y que deben ser resguardados por la Corte.

13 de febrero de 2023
"Actuación que amenaza la vida y lesiona directamente la integridad física del huelguista".

Corte de Copiapó acogió el recurso de protección interpuesto por Gendarmería en representación de un interno que se encuentra en huelga de hambre seca desde el 24 de septiembre, y ordenó que, en caso de urgencia, sea trasladado a un centro asistencial.

El Tribunal de alzada acogió la cautelar al considerar que la negativa del interno a alimentarse amenaza gravemente garantías constitucionales.

9 de noviembre de 2021
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