Junto con lo anterior, la Superintendencia del Medio Ambiente renovó por 30 días corridos, previa autorización del Tercer Tribunal Ambiental, la paralización total de obras de despeje de vegetación, escarpado de terreno, intervención de cauce y otros.
Humedal
Segundo Tribunal Ambiental escuchó alegatos demanda por daño ambiental del Estado de Chile en contra de proyecto inmobiliario por afectación de humedal en Lampa.
Segundo Tribunal Ambiental ordenó al Ministerio de Medio Ambiente realizar nuevo análisis técnico para determinar si procede declarar como humedal urbano a la Quebrada Grande y Dunas de Tunquén en la Región de Valparaíso.
Tercer Tribunal Ambiental acogió reclamaciones por declaración de humedal urbano “Las Quemas”.
Segundo Tribunal Ambiental rechazó reclamación de Consorcio Punta Puyai contra declaración del humedal urbano Estero Agua Salada en Papudo.
“Como ha quedado demostrado en la sentencia, el estatuto jurídico de los humedales urbanos comprende tanto a los naturales como a los artificiales, sin que exista diferencia alguna a este respecto”, puntualiza el fallo para luego detallar que “la Ley N° 21.202 y su reglamento entregan idéntico grado de protección tanto a los humedales urbanos naturales como artificiales, constando, además, que el Humedal Urbano Estero Agua Salada tiene un carácter natural”, por lo tanto lo que corresponde es el rechazo de la reclamación.
Tercer Tribunal Ambiental rechazó reclamación de inmobiliaria por humedal urbano “Quebrada Gramado” en Puerto Varas.
El Tribunal, luego de revisar la información contenida en el expediente administrativo, sostuvo que es posible arribar a la conclusión sobre la existencia y extensión del Humedal Urbano Quebrada Gramado e indicó que tales antecedentes dan cuenta que el referido humedal corresponde a un cauce natural que presenta condiciones de inundación periódica, así como también presencia de especies hidrófitas.
Corte Suprema ordena paralizar corte de bosque nativo e intervención de quebradas en terreno colindante a humedal en Punta de Tralca.
El máximo Tribunal estableció actuar arbitrario al realizar obras que podrían afectar el área en proceso de protección, sin haber obtenido los permisos sectoriales y municipales pertinentes.
SMA inicia procedimiento sancionatorio contra vertedero ilegal que opera en humedal de Hualpén.
Se decretaron medidas provisionales preprocedimentales las que no fueron cumplidas en el plazo establecido por lo que se dio inicio a un procedimiento sancionatorio.
Superintendencia de Medio Ambiente inicia procedimiento sancionatorio contra proyecto habitacional por afectar humedales y ríos.
La empresa se expone a multas de más de $4.500 millones de pesos.
SMA ordena medidas provisionales para proteger humedal en Hualpén.
Una familia ocupa ilegalmente el terreno del humedal para disponer de residuos de construcción.
Segundo Tribunal Ambiental rechazó reclamaciones contra el Ministerio del Medio Ambiente por la declaración del humedal urbano Reserva Natural Municipal Piedras Blancas en Limache.
La sentencia rechazó cada una de las alegaciones de los reclamantes asociadas a un eventual emplazamiento de dicho humedal fuera del límite urbano; la proporcionalidad de la declaratoria; la debida fundamentación de la resolución que declaró el humedal; la posible vulneración al derecho de propiedad; y una eventual infracción al artículo 8, número III, literal b) del Reglamento de Humedales Urbanos.
Proyecto inmobiliario debe ser paralizado mientras no obtenga la aprobación medioambiental aun cuando no se ubique sobre o en el humedal de Tunquén por quedar comprendido en el área futura del humedal urbano cuyo reconocimiento se ha solicitado.
El lugar en el que se proyectan las obras, afecta negativamente el ecosistema del sector, vulnerándose de esta manera el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación, siendo deber del Estado velar para que este derecho no sea afectado y tutelar la preservación de la naturaleza.
Segundo Tribunal Ambiental acogió reclamación de Municipalidad de Villa Alemana contra el Ministerio del Medio Ambiente por humedal urbano Estero Lo Godoy y Estero Pejerreyes.
Cabe recordar que la Municipalidad acudió al Tribunal luego que el Ministerio del Medio Ambiente declaró como humedal urbano una superficie considerablemente menor (1,2 hectáreas) al polígono que esta solicitó inicialmente (46,23 hectáreas).
Segundo Tribunal Ambiental ordenó retrotraer procedimiento de declaración del Humedal Urbano de Quilicura realizado por el Ministerio del Medio Ambiente.
El Tribunal concluyó que la resolución que reconoció dicha zona como humedal urbano, no abordó adecuadamente cuestiones planteadas por los reclamantes.