El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha condenado a Hungría a indemnizar económicamente a una periodista húngara años después de que ésta denunciase la intervención ilegal de su teléfono mientras investigaba sobre el abuso de poder.
Hungría
Reinscripción de derechos de usufructo sobre terrenos agrícolas, anteriormente declarados ilegales por las autoridades húngaras, no contraviene el Derecho de la Unión, resuelve el TJUE.
TEDH condena a Hungría por no investigar debidamente la muerte de una mujer con discapacidad en una residencia estatal, que habría sufrido negligencia y maltratos.
Tribunal de Justicia de la Unión Europea condena a Hungría por violar el Derecho de la Unión en materia de protección internacional de migrantes.
Hungría no violó el Convenio Europeo de Derechos Humanos al negar la muerte asistida a un abogado que padece una enfermedad terminal.
A pesar de una tendencia creciente hacia su legalización, la mayoría de los Estados miembros del Consejo de Europa siguen prohibiendo tanto el suicidio médicamente asistido como la eutanasia. Por lo tanto, el Estado tiene una amplia discreción a este respecto, y en el caso las autoridades mantuvieron un justo equilibrio entre los intereses en juego.
Autoridades de control de los Estados miembros de la UE pueden eliminar de oficio los datos personales recabados ilegalmente, resuelve el TJUE.
Pueden proceder de esta manera si la medida es necesaria para cumplir su misión de velar por el pleno cumplimiento del RGPD. Si dicha autoridad comprueba que un tratamiento de datos no respeta el RGPD, debe subsanar la infracción detectada, incluso sin que medie la solicitud previa del interesado.
Hungría aprueba ley que permite las denuncias anónimas contra las parejas del mismo sexo que tengan menores a su cargo.
La normativa es una expresión más de las medidas que el gobierno conservador de Viktor Orbán ha venido llevando a cabo contra la comunidad LGBTI, por considerar que contraviene los valores de la familia tradicional. A causa de esta política Hungría ha recibido numerosas críticas a nivel internacional por ser considerada discriminatoria.
Hungría vulneró derechos de un joven gitano obligado a estudiar en un colegio de su etnia a pesar de que la educación que proporcionaba era deficiente.
El demandante fue educado en condiciones de segregación, por lo que el Estado tiene el deber de tomar medidas para corregir esa desigualdad y evitar la perpetuación y la discriminación resultantes de la sobrerrepresentación de alumnos romaníes en la escuela.
Hungría vulneró la libertad de expresión de un periodista por negarle la autorización para grabar un reportaje en centros para refugiados.
No cabe estar de acuerdo con la afirmación hecha por el gobierno de que el demandante, como periodista experimentado, debería haber estado al tanto de esos factores sin que la autoridad le diera más detalles.
Hungría vulneró la privacidad de un contribuyente cuyos datos personales fueron publicados a raíz de una deuda con el fisco.
Si bien los Estados tienen una amplia discrecionalidad para determinar la pertinencia de sus esquemas de tributación, ello no es una facultad ilimitada ni está más allá del escrutinio judicial. Debe asegurarse de que las autoridades, ya fueran legislativas, ejecutivas o judiciales, tuvieran presente un equilibrio adecuado entre los intereses individuales y públicos, teniendo en cuenta las garantías procesales apropiadas.
Periodo de descanso diario de un trabajador no está comprendido en su descanso semanal, por lo que debe sumarse a este último en virtud del derecho comunitario, resuelve el TJUE.
Los períodos de descanso diario y semanal constituyen dos derechos autónomos que persiguen objetivos distintos. El descanso diario permite al trabajador apartarse de su entorno laboral durante un número determinado de horas que no solo deben ser consecutivas, sino también deben suceder directamente a un período de trabajo. El descanso semanal permite que el trabajador descanse en cada período de siete días.
Contrato de construcción de dos reactores nucleares en Hungría impugnado por Austria es válido.
Se deben desestimar los motivos basados en la existencia de distorsiones desproporcionadas de la competencia y de desigualdades de trato que llevan a la exclusión de los productores de energía renovable del mercado interior liberalizado de la electricidad. A este respecto, los Estados miembros tienen libertad para determinar la composición de sus paquetes energéticos y la Comisión no puede exigir que la financiación estatal se destine a las fuentes de energía alternativas.
Normativa electoral limita participación de minorías étnicas en las decisiones políticas en Hungría.
Un sistema destinado a eliminar o reducir los casos de desigualdad en la representación política, ayudaría a que las minorías nacionales participen en la elección de la legislatura en igualdad de condiciones. El sistema establecido limita su eficacia política como grupo y amenaza con reducir, en lugar de aumentar, la diversidad y la participación de las minorías en la toma de decisiones.
Tribunal Europeo de Derechos humanos condena a Hungría por prohibir a una persona manifestarse en determinados lugares.
Las excepciones al derecho a la libertad de asociación y de reunión deben interpretarse de forma restrictiva, de modo que su enumeración sea estrictamente exhaustiva y su definición necesariamente restrictiva.