La vendedora ocultó al comprador el real estado de una casa vendida en la ciudad de Osorno, desperfectos que eran notorios por el mero hecho de habitar el lugar, y que obligaron al comprador a invertir en reparaciones para poder dejar el inmueble en estado de ser utilizado para vivienda.
IDP
Discrepancia en la valoración de un informe pericial es improcedente para reclamar aumento del monto indemnizatorio por expropiación si no se acredita infracción a las normas de la sana crítica.
Discrepancia en el monto de la indemnización por daño moral en que se condena al Fisco no se puede revisar si no se alteran los hechos que vienen asentados por los jueces del fondo.
Relación de concubinato no habilita a solicitar compensación económica a las herederas del conviviente fallecido.
Magistratura no puede desconocer dos resoluciones a firme para anular todo lo obrado porque ello vulnera el debido proceso, resuelve la Corte Suprema.
Los ministros integrantes de una sala de la Corte de Talca -en un procedimiento de cumplimiento de sentencia- revocaron una resolución en alzada, y anularon todo lo obrado al estimar que existía un error en el nombre del demandado emplazado en juicio, pasando a llevar la autoridad de cosa juzgada de dos fallos previos que condenaron al mismo demandado en sede laboral a responder por los perjuicios causados a un trabajador producto de una enfermedad profesional.
Fisco debe pagar más de 100 millones de pesos a tres víctimas de tortura durante la dictadura cívico militar.
El Estado no puede invocar normas de derecho interno -como la prescripción de la acción de responsabilidad extracontractual-, para eximirse del cumplimiento de la obligación de reparación integral a las víctimas de violaciones a los Derechos Humanos, debido a que dichos delitos de lesa humanidad son imprescriptibles.
Demanda por error judicial deducida por imputada que estuvo 44 días en prisión preventiva, se rechaza por la Corte Suprema.
La actora solicitó el pago de $52.800.000.- por daño moral, petición desestimada por el máximo Tribunal, al considerar que “el mero hecho de dictarse un sobreseimiento definitivo no transforma automáticamente a la resolución que dispuso la prisión preventiva en injustificadamente errónea o arbitraria”.
La regla del onus probandi se infringe cuando la sentencia obliga a una de las partes a probar un hecho que corresponde acreditar a su contraparte.
La Corte Suprema estimó que la petición del recurrente es un intento de cambiar los hechos asentados por la magistratura, y evidencia su disconformidad con el resultado del fallo cuestionado, sin ser capaz de puntualizar alguna regla exacta de aquellas que regulan la prueba, que presuntamente haya infringido el sentenciador de fondo.
Fisco debe pagar 12 millones de pesos a Héctor Llaitul por daño moral, confirma la Corte Suprema.
En abril de 1988, el comunero mapuche junto a un grupo de estudiantes universitarios fue detenido en Valparaíso durante una protesta en contra de la dictadura cívico militar, permaneciendo 10 días detenido en Quillota, lugar donde fue torturado e interrogado por agentes del Estado por su participación activa como miembro del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR).
La valoración de un informe de peritos exige su interpretación razonada por el tribunal y no su mera transcripción en la sentencia, resuelve la Corte Suprema.
La magistratura hizo lugar a una demanda de indemnización de perjuicios, justificando la existencia de lucro cesante en las conclusiones de un informe de pericial incompleto, transcribiendo su resultado sin efectuar mayor análisis, incurriendo con ello en el vicio de nulidad formal establecido en el artículo 768 Nº5 del Código Adjetivo.
Gobierno Regional del Biobío debe indemnizar a título de lucro cesante a funcionario al que le puso término anticipado a su contrata.
Los funcionarios públicos no quedan excluidos de la posibilidad de solicitar la indemnización de lucro cesante, por el hecho de no estar considerada como una de las partidas indemnizatorias que reconoce el Código del Trabajo, pues de lo contrario, se reconocería al Estado como empleador la facultad de mantenerse al margen de ley respecto de los derechos que corresponden a sus trabajadores.
Árbitro francés condenó a una empresa chilena a pagar daños y perjuicios por utilizar un software sin pagar su licencia de uso.
La empresa francesa creadora del programa computacional demandó a la contraparte chilena, obteniendo una condena en contra de la compañía nacional. El máximo Tribunal verificó que el laudo cumple con los requisitos del artículo 245 del Código de Procedimiento Civil, e indicó que el cumplimiento del fallo sea solicitado ante el tribunal civil correspondiente.
Isapre no puede terminar unilateralmente contrato de afiliado sin darle a conocer previamente los motivos.
La Isapre CONSALUD invocó un supuesto delito cometido por el denunciante -hecho que resultó ser falso- para terminar el convenio, sin dar mayores explicaciones al actor, lo que vulneró el deber de brindar información oportuna al consumidor. La empresa fue multada y además debe pagar 5 millones pesos en favor del demandante, por daño moral.
Responsabilidad por defecto de fabricación corresponde al concesionario vendedor del vehículo, sin perjuicio de las acciones que le asisten contra el fabricante.
El demandante compró una camioneta que presentó en cinco ocasiones la misma avería, derivada de un defecto de fabricación. Ambos demandados -vendedora y servicio técnico- deben responder solidariamente por el pago del valor del vehículo, así como por el daño moral causado al consumidor.