Los contratos de salud deben conformarse a las normas vigentes, más aún cuando éstas tienen por objetivo resguardar la garantía constitucional de la igualdad, al prohibir la discriminación.
Igualdad ante la ley
Corte Suprema ordena a Hospital San Borja Arriarán operar a paciente que está en lista de espera hace 4 años.
Municipalidad de Santiago debe renovar patente de alcoholes de un local ubicado en el barrio Yungay.
Multa de más de 40 millones de pesos impuesta a dos aerolíneas, se confirma por la Corte Suprema.
Prohibición de ingreso a cualquier cuartel de Bomberos impuesta a un ex miembro que renunció a la institución, vulnera el debido proceso.
La medida fue adoptada sin instruir ninguna investigación en contra del recurrente, ni darle la oportunidad de controvertir, defenderse, y aportar pruebas; por lo tanto, la institución no respetó las garantías básicas del debido proceso y tal castigo fue dejado sin efecto por la magistratura.
Universidad Austral debe dar curso al proceso de titulación de alumna egresada de terapia ocupacional, resuelve la Corte Suprema.
El máximo Tribunal sostuvo que la casa de estudios no puede condicionar la entrega del título a una deuda arancelaria, en circunstancias que la actora completó satisfactoriamente todo el plan de estudios.
Servicio de Registro Civil no puede excusarse en la “filiación indeterminada” de los solicitantes para rechazar una rectificación de posesión efectiva.
El Servicio no tuvo en consideración el reconocimiento presunto que el padre de los recurrentes hizo al momento de otorgarles su apellido, por lo que no puede fundar el rechazo de la rectificación en que los actores carecen de filiación determinada, debido a que tal aserto los discrimina arbitrariamente al exigirles algo que excede los márgenes del ordenamiento.
Universidad de Chile no puede condicionar la entrega de título a alumna que tiene una deuda por el arancel de su carrera.
El máximo Tribunal sostuvo que el derecho a la educación comprende la entrega del título universitario, sin que sea óbice invocar como impedimento la deuda de estudios de la recurrente, pues la casa de estudios puede cobrar la deuda mediante las acciones que le otorga la ley.
Proyecto de ley modifica el Código Procesal Penal, para aumentar la proporción exigida para el abono de días de arresto domiciliario a la condena de una pena privativa de libertad a razón de “cuatro días de arresto domiciliario por un día de cárcel”.
No son equivalentes un día de arresto en su domicilio que un día de privación de libertad en un recinto penitenciario. Si bien ambas son medidas de restricción de libertades, son de distinta entidad e intensidad, a tal punto que cuando a un formalizado se le decreta arresto domiciliario es valorado como un beneficio. Se busca poner término a las señales erróneas que se producen con esta medida cautelar.
Declaración de salud recuperable impide a Jefe del Servicio declarar la vacancia del cargo por salud incompatible.
El tribunal Supremo estimó que las apreciaciones de un jefe de servicio no experto en ciencia médica, no pueden prevalecer respecto de la evaluación del COMPIN, órgano especializado y calificado en materias de salud laboral; por lo tanto, dejó sin efecto la resolución que declaró vacante el cargo de la actora y ordenó su inmediata reincorporación al servicio.
Proyecto de reforma constitucional modifica la Carta Fundamental para permitir a los hijos de chilenos nacidos en territorio extranjero ejercer su derecho a sufragio sin exigirles el requisito de avecindamiento en Chile por más de un año.
La iniciativa permite a los hijos de padre o madre chilenos nacidos en territorio extranjero y a los chilenos que obtuvieren especial gracia de nacionalización por ley, ejercer su derecho a sufragio sin tener que acreditar el avecindamiento en Chile por más de un año.
Órdenes verbales de un superior no pueden ser impugnadas mediante el recurso de protección.
El recurrente acusó un “apriete gremial” por denunciar a un gendarme que lesionó a un reo, lo que devino en una orden de su superior alterando sus labores de forma injustificada y sin posibilidad de replicar. No obstante, la magistratura estimó que la orden impartida obedece a la generalidad de los casos en los cuerpos castrenses, para dar continuidad a sus fines, y que la acción cautelar no es la vía idónea para revertir una instrucción de este tipo.
Comisión Médica Central no puede disminuir porcentaje de menoscabo de capacidad laboral injustificadamente.
La recurrida estimó la calificación de incapacidad laboral del actor en un 55%, y el recurrente dedujo reposición para impugnar aquel porcentaje. No obstante, al rechazar la reposición, la Comisión Médica Central redujo la calificación a un 14% sin ninguna argumentación, ni motivación fundada que sostuviera aquella disminución; vulnerando de esta forma la igualdad ante la ley el de debido proceso.
Procedimiento administrativo en el que se decretó el retiro de un funcionario del Ejército por salud incompatible, está viciado al no habérsele notificado en la forma que exige la ley.
El máximo Tribunal estimó que el recurrido no notificó al actor de la forma establecida por la Ley Nº19.880, vulnerando la igualdad ante la ley y lo privó de ejercer su derecho al recurso ante sus oficiales superiores, y ordenó retrotraer el procedimiento al estado anterior a la notificación de las resoluciones impugnadas.