Recurso de protección de cabo de Carabineros sancionado con dos días de arresto se acoge por la Corte de Santiago por configurarse una discriminación arbitraria y afectar su derecho a defensa.
Se cita jurisprudencia de la Corte Suprema que indica que el derecho a defensa implica que los sancionados deben tener pleno conocimiento de las normas que regulan su conducta, a fin de ejercer su defensa de manera efectiva, y que ante diferencias significativas en la aplicación de sanciones dentro de una institución, estas deben encontrarse debidamente justificadas para evitar la vulneración del principio de igualdad ante la ley.