TC declaró admisible inaplicabilidad de norma que permite embargar subvenciones escolares a sostenedor educativo.
El requirente alega que retener dichos dineros vulnera las garantías fundamentales de los alumnos de dicho establecimiento.
El requirente alega que retener dichos dineros vulnera las garantías fundamentales de los alumnos de dicho establecimiento.
El requirente sostiene que tal limitación recursiva no tiene fundamento razonable y vulnera sus garantías de igualdad ante la ley y al debido proceso.
El requirente alega que la aplicación de la norma impugnada ha permitido incumplir los plazos establecidos en la ley, vulnerando la igualdad ante la ley, el debido proceso y el derecho de propiedad.
Que el impedimento para no realizar el juicio por videoconferencia sea “absoluto” vulnera el derecho a defensa y el principio de inmediación.
El requirente estima que se vulneran sus garantías constitucionales de igualdad ante la ley y el debido proceso.
La Polar estima que la aplicación de la norma en este caso pugna con los derechos establecidos en la ley de quiebras y vulnera la igualdad ante la ley y el debido proceso.
El requirente estima que vulneran sus garantías constitucionales de igualdad ante la ley, debido proceso, proporcionalidad de las sanciones, derecho de propiedad y seguridad jurídica.
El requirente estima que la referida declaración resulta improcedente respecto de su realidad empresarial y vulnera sus garantías constitucionales.
Vulneran las garantías constitucionales de igualdad ante la ley y el debido proceso.
El requirente estima que la normativa impugnada infringe el principio de publicidad, afectando sus garantías de igualdad ante la ley y debido proceso.