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Las publicaciones en el Facebook del docente, emitiendo opiniones críticas contra la gestión de las recurrentes -aunque puedan resultar desagradables-, no constituyen una lesión a la honra, pues las recurridas tuvieron la posibilidad de controvertir, y fueron realizadas en atención a la actividad gremial y laboral de las partes, donde el escrutinio público hacia la funcionaria es parte de la naturaleza del cargo ejercido.
15 de abril de 2024