El derecho fundamental a ser enjuiciado por un tribunal imparcial significa, en esencia, que el juzgador no debe tener inclinaciones a favor o en contra de alguna de las partes o de las pretensiones de alguna de aquellas en juicio, debiendo mantener una posición equidistante frente al conflicto jurisdiccional y no ejercer labores de subsidio procesal en favor de alguna parte, en términos tales que prive a aquel que queda en situación desventajosa de la igualdad de armas que debe primar en toda contienda judicial.
28 de octubre de 2024