Pandemia del Covid-19 no es excusa válida para que el demandante no cumpla con el impulso procesal de hacer avanzar el juicio.
Pese al estado excepcional debido a la crisis sanitaria, el demandante cambió en reiteradas oportunidades la fecha de la audiencia de conciliación, y luego mantuvo una actitud pasiva en la tramitación del juicio, por lo tanto, no puede excusarse en la pandemia para neutralizar los efectos de su ausencia de interés en la prosecución del litigio.