La Magistratura Constitucional consideró que el artículo 2331 restringe la reparación integral del daño moral derivado de la vulneración del derecho a la honra, derecho fundamental garantizado por la Constitución. La norma limita la indemnización solo a ciertos daños patrimoniales, excluyendo el daño moral, lo que afecta el contenido esencial del derecho y contraviene el principio de reparación integral de los perjuicios sufridos.
5 de diciembre de 2024