Norma que impide declarar el abandono del procedimiento en procesos de ejecución laboral, no produce resultados contrarios a la Constitución en la gestión pendiente.
La Magistratura Constitucional descartó que los preceptos impugnados afecten la igualdad ante la ley, el debido proceso, el derecho de propiedad y la seguridad jurídica al establecer que no procede el abandono del procedimiento en materia laboral.