TC declaró inadmisible inaplicabilidad que impugnaba norma que establece requisitos de las primeras actuaciones del deudor en procedimiento de liquidación forzosa.
La Segunda Sala señaló que concurre la causal de inadmisibilidad prevista en el numeral 5° del artículo 84 de la LOCTC, ya que el precepto impugnado no es aplicable ni decisivo en la resolución del asunto concernido en la gestión judicial invocada.