CS acoge recurso de queja relativo a la declaración de incompetencia absoluta por inmunidad de un Juzgado del Trabajo.
Se privó al actor del derecho a rendir prueba a fin de desvirtuar la excepción opuesta por la denunciada.
Se privó al actor del derecho a rendir prueba a fin de desvirtuar la excepción opuesta por la denunciada.
La Dirección de Compras no es la entidad que llama a la licitación en que se ha interpuesto la demanda y, en consecuencia, no es susceptible de ser considerada como sujeto pasivo de dicha acción.
La demanda se interpuso en contra de la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO).
La acción se dedujo contra la resolución de la Dirección del Trabajo.
El máximo Tribunal descartó que la sala recurrida haya incurrido en alguna de las conductas que la ley reprueba y que ameriten que la Corte Suprema la enmiende.
La acción se dedujo por el Banco Estado contra una ex funcionaria.
El actor se desempeña como administrativo del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.
La resolución impugnada resolvía una materia laboral.
Los hechos denunciados inciden en una materia que debe ser declarada en un juicio de lato conocimiento conocido por un tribunal competente y no es materia objeto del recurso de protección.
La decisión fue acordada con la prevención del Ministro Gazmuri, quien concurre a la decisión teniendo, además, presente lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley N° 18.593.