Tratamiento dental inconcluso debe ser indemnizado por la clínica dental que incumplió el contrato y no por la entidad franquiciadora, resuelve el Tribunal Supremo de España.
Que el franquiciador haya venido cobrando el canon de la franquicia al franquiciado, o que haya cobrado también las prótesis y demás productos que ha suministrado al franquiciado, no lo hacen responsable de las consecuencias de los incumplimientos contractuales del franquiciado respecto de sus clientes ni obliga al franquiciador a dar a los clientes una solución ante tales incumplimientos.