Municipalidad que otorgó una licencia de conducir con validez de 6 meses a conductor aquejado por una discapacidad no incurre en falta de servicio, confirma la Corte de Antofagasta.
Si bien el funcionario que realizó el examen médico debió consignar en el respectivo registro la discapacidad motora que motivó la limitación de la licencia, tal omisión no configura una ilegalidad ni una falta de servicio.