Indemnización de perjuicios

Derechos del consumidor.

Banco debe indemnizar a adulto mayor que sufrió un robo a mano armada en su sucursal pues incumplió su deber de seguridad, resuelve un tribunal argentino.

El tipo de contratación efectuada —contrato bancario— se sustenta en la seguridad que garantiza el oferente respecto de quien concurre a las instalaciones del primero a realizar una operación. Y ese quiebre de seguridad, como ocurre en la especie, implica una ruptura de la confianza que llevó a los accionantes a concurrir a la sucursal de la entidad bancaria accionada dando por sentado que dentro de la misma no sufrirían daño alguno.

24 de agosto de 2024
Concurrencia de responsabilidades.

Pasajero que se encontraba de pie cuando cayó a causa de una brusca maniobra del conductor del autobús tiene un 50% de responsabilidad por las lesiones que sufrió, dictamina un tribunal español.

Dice que cayó cuando el vehículo frenó. En ese momento debía de estar sentado y no dio razón de por qué estaba de pie. Esta omisión de la diligencia debida, elevada al plano causal, es relevante en la génesis del daño. Como también lo es la conducción del vehículo sin probar que se hizo con toda la diligencia, que incluye comprobar que los ocupantes del vehículo están debidamente sentados en el momento de arrancar.

14 de agosto de 2024
Implosión de sumergible Titán.

Familia de explorador que falleció en sumergible durante una expedición al Titanic demanda a la empresa propietaria del submarino.

La familia de Nargeolet también alega que el fundador de OceanGate habría proporcionado información errónea respecto a la seguridad del Titán, presentándolo como un proyecto avalado por colaboraciones con Boeing y la Universidad de Washington, afirmaciones que, según los demandantes, no reflejaban plenamente la realidad.

12 de agosto de 2024
Debía ejercer la defensa a pesar de no haber sido contratado.

Abogado que firmó demanda redactada por colega inhabilitada es responsable por los perjuicios causados a cliente, resuelve un tribunal español.

El solo hecho de colocar su firma en la demanda, asumiendo que lo ha hecho sin más argumento que para «ayudar a una amiga» y «desconocer que era una demanda», no le exime de la responsabilidad de la misma pues debemos tener en cuenta que de no haber firmado esa demanda, ésta no se hubiera podido presentar o de presentarse hubiera podido no admitirse.

14 de julio de 2024
Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

Desestimación de demandas interpuestas por dos hombres británicos que denunciaron errores judiciales tras ser absueltos de delitos graves se ajusta a derecho, resuelve el TEDH.

No se puede decir que la negativa de indemnización por parte de las autoridades atribuya culpa penal a los demandantes. La denegación de las reclamaciones de indemnización de los demandantes en virtud del artículo 133 (1ZA) de la Ley de 1988 no violó la presunción de inocencia en su segundo aspecto.

12 de julio de 2024
Incumplimiento del deber de cuidado por falta de seguridad.

Dueño de discoteca debe indemnizar a cliente atacado con un arma por no tomar los recaudos necesarios para prevenir la agresión, resuelve la Corte Suprema de Perú.

Está acreditado que existe un daño que proviene de una obligación incumplida por parte del demandado, al omitir el deber de cuidado por la falta de seguridad del local de su propiedad, por lo que corresponde resarcir el daño producido según el quantum calculado por las instancias de mérito.

21 de junio de 2024
Páginade 29