La sentencia señaló que resulta inaceptable que los comercializadores de cigarrillos, aun admitiendo que sus productos resultan nocivos, persistan por una y mil razones, en su falta de responsabilidad. Así, no puede afirmarse que una persona que padece una adicción -deliberadamente provocada por los comercializadores de cigarrillos- pueda ser considerada ni suficientemente informado en los términos de la Ley de Defensa al Consumidor.
10 de abril de 2021