Desde la muerte del causante, sus herederos estaban legitimados para exigir del Banco la información bancaria relativa a contratos para los que aún conservaran cualquier acción judicial, ya frente al Banco, ya frente al otro cotitular, o incluso entre los propios herederos. La información proporcionada estaba incompleta y por ello no permitía a los herederos conocer con exactitud los derechos y obligaciones patrimoniales del causante.
15 de noviembre de 2022