Ingreso regular

Declaración de ingreso clandestino al país por error involuntario no basta para declarar inadmisible la solicitud de residencia temporal si la PDI acredita ingreso regular y existe arraigo laboral y familiar.

La recurrida no hizo valer en estrados antecedentes que den cuenta que el amparado hubiese cometido en el pasado, en su país de origen o en Chile, actos reñidos con la ley, pues solo se cuestiona que éste, en proceso de empadronamiento biométrico efectuó una declaración de ingreso clandestino al país, lo cual puede obedecer a un error involuntario, al pretender regularizar su situación migratoria que a esa fecha era irregular.

5 de febrero de 2025

Autoridad migratoria debe otorgar 30 días hábiles de plazo a recurrente para que acredite ingreso regular al país.

14 de diciembre de 2022
El actor, desde el 2012 posee residencia definitiva en Chile, durante el verano de 2019 estuvo tres semanas en Perú, lugar en que perdió su cédula de identidad chilena, y al volver al país solicitó un nuevo documento. Sin embargo, la autoridad recurrida revocó tácitamente su residencia, argumentando que ha permanecido fuera del territorio por tres años, circunstancia anómala que no pudo ser acreditada por la recurrida.