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El requirente alega que la norma legal objetada infringe la igualdad ante la ley; el respeto y protección a la vida privada y a la honra de la persona y su familia; y el principio de seguridad jurídica, desde que la norma impugnada -el artículo 2331 del Código Civil- le impide demandar la indemnización del daño moral por imputaciones injuriosas contra su honor a menos de que acredite daño emergente o lucro cesante.