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Los organismos especializados de Naciones Unidas, como es la ONU-PMA, gozan de inmunidad de toda jurisdicción, salvo en caso que renuncien expresamente a la misma. No obstante, la renuncia de inmunidad no puede extenderse a ninguna medida de ejecución. Por tanto, gozan de inmunidad funcional de jurisdicción e inmunidad de ejecución; la primera puede ser objeto de renuncia, mientras que la segunda no.
10 de noviembre de 2022