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El movimiento es oficialmente un partido político.
El movimiento es oficialmente un partido político.
Revise la Resolución O N°333-2023 de SERVEL.
Alcanzó a reunir el número de ciudadanos afiliados para completar su inscripción.
El recurrente pretendía la inscripción de un usufructo vitalicio, en circunstancias que el causante, por medio del testamento, le otorgó la adjudicación preferente de un inmueble para hacerse del pago de su derecho real de herencia.
Se negó a inscribir los documentos que justifican el incremento en la superficie del predio y pidió al actor probar la forma en que llevó a cabo el aumento, requisito calificado como improcedente por el máximo Tribunal, al considerar que el Conservador excedió las facultades establecidas en el artículo 13 de su propio Reglamento.
La omisión del trámite de transferencia no desvirtúa el derecho de propiedad del comprador del vehículo, ya que la inscripción es un trámite de publicidad, y la presunción de dominio que emana de ella es simplemente legal, admitiendo prueba en contrario.
Conservador de Bienes Raíces de Licantén se negó a inscribir una liquidación de comunidad hereditaria, luego de observar que el inmueble se encontraba embargado y no constaba la existencia de la comunidad, ni se establecía con claridad sobre cuáles porciones adjudicadas continuaría el embargo.
El recurrente argumentó que al adjudicarse la cuota de un comunero en el inmueble, caducó el embargo que recaía sobre su porcentaje de derechos por lo que el Conservador debió alzar el gravamen, no obstante, el máximo Tribunal estimó que el órgano actuó válidamente en atención al artículo 92 de su reglamento.
El requirente alega que se le ha despojado de su propiedad mediante un procedimiento fraudulento, vulnerando sus garantías constitucionales.
De acuerdo al artículo 2415 del Código Civil no prohíbe la venta, como tampoco una prohibición convencional, cuya contravención no afecta su validez, sino que es un incumplimiento contractual que acarrea las sanciones contempladas en el artículo 1555 de ese Código. Civil.
Negativa del órgano se fundó en el incumplimiento de los requisitos contenidos en el actual artículo 119 del Código de Aguas, los cuales fueron introducidos a la norma cuatro años después de la celebración del acto.