Negativa de Conservador de Bienes Raíces a alzar el embargo de un inmueble se ajustó a derecho, resuelve la Corte Suprema.
El recurrente argumentó que al adjudicarse la cuota de un comunero en el inmueble, caducó el embargo que recaía sobre su porcentaje de derechos por lo que el Conservador debió alzar el gravamen, no obstante, el máximo Tribunal estimó que el órgano actuó válidamente en atención al artículo 92 de su reglamento.