Corte de Valparaíso rechazó impugnación deducida por la Inspección del Trabajo contra sentencia que dejó sin efecto multa impuesta.
Inspector Provincial del Trabajo no cumplió con lo mandatado en el artículo 511 del Estatuto Laboral.
Inspector Provincial del Trabajo no cumplió con lo mandatado en el artículo 511 del Estatuto Laboral.
El Tribunal de alzada fijó la sanción de 12 UTM.
La causal invocada no permite la revisión de los hechos asentados por el tribunal a quo.
La reclamante no acreditó el cumplimiento efectivo del deber de vigilancia.
La tramitación se realizó de forma online, a través de correos electrónicos.
La reclamante argumentó que la mayor parte de sus dependientes se encontraba sujeto a la ley de protección al empleo y, por ello, no pudo recabar toda la información.
La controversia radicó en las diversas interpretaciones de la exigencia “mismo rubro o actividad económica” contenida en el artículo 364 del Código del Trabajo.
Los artículos 511 y 512 del Código del Trabajo establecen el reclamo judicial respecto de la resolución que rechaza una reconsideración administrativa.
La sentenciadora rebajó la multa aplicada a la reclamante en virtud del principio de proporcionalidad.
Los trabajadores se desempeñan como recolectores de basura.