Resolvió que, tras evaluar los informes médicos que acreditan la grave condición psiquiátrica de la paciente, se debe garantizar la continuidad de su tratamiento multidisciplinario, incluyendo terapia cognitivo-conductual, dado que su estado de salud mental representa un riesgo vital. La Corte alude a la obligación de los establecimientos de salud de proporcionar la atención necesaria conforme a la Ley N° 21.621, y ordenó que se coordinen los traslados y derivaciones pertinentes para asegurar su tratamiento, protegiendo así su derecho a la vida e integridad psíquica.
30 de noviembre de 2024