CS confirma sentencia que desestimó impugnación deducida contra TVN por la retransmisión de un capítulo del programa “Mea Culpa”.
No obstante, remitió los antecedentes a ANATEL y al Consejo de Ética de los Medios de Comunicación.
No obstante, remitió los antecedentes a ANATEL y al Consejo de Ética de los Medios de Comunicación.
Del informe emitido por la Superintendencia del Medio Ambiente efectivamente se constata de las mediciones que el ruido supera los límites permitidos.
El arbitrio se presentó fuera de plazo y no era la vía idónea para dejar sin efecto la resolución impugnada.
La denunciada no logró acreditar los fundamentos de la medida adoptada y su proporcionalidad.
El tribunal aplicó a la denunciada la sanción adicional de extender una carta de disculpas públicas al actor y publicarla en su página web.
El recurso de nulidad impone al recurrente la obligación de precisar con rigurosidad los fundamentos de las causales que invoca.
Las jefaturas de la sucursal del Banco Estado de Linares coordinaron con Carabineros la simulación de un robo, sin informarle a los trabajadores.