Intendencia regional de Tarapacá

Expulsión de ciudadana venezolana que ingresó por paso no habilitado decretada por autoridad administrativa no respeta el interés superior de los menores, resuelve Corte de Santiago.

Sin perjuicio de que el acto administrativo ha sido dictado por la autoridad competente y respetando la legislación vigente en cuanto al debido proceso y el fundamento del acto, la autoridad tenía la obligación de considerar como elemento primordial de la situación de la recurrente, la existencia de tres menores de edad, y su interés superior consagrado tanto en la legislación interna como en las normas internacionales, que se vincula natural y directamente con la permanencia de su madre en el país.

12 de agosto de 2024