Interés superior de los menores


Autoridades y entidades de salud deben proteger derechos de menores de edad que conviven con sus madres en centros carcelarios, resuelve la Corte Constitucional de Colombia.

29 de mayo de 2024
Las autoridades y las entidades prestadoras de servicios de salud en los establecimientos, tienen obligaciones y competencias relacionadas con la atención integral de los niños que conviven con sus madres en los centros de reclusión. En el marco de esa atención, esas entidades deben garantizar la protección constitucional reforzada de niños, así como la prevalencia del interés superior del menor de edad.

Derecho de recluso a recibir visitas de sus hijas menores de edad es amparado por el Tribunal Constitucional de España.

26 de mayo de 2024
Cuando del interés del menor se trata debería huirse de decisiones regladas o uniformes, porque no todos los delitos tienen la misma relevancia y alcance sobre la relación paterno o materno filial, sino que serán las concretas circunstancias del caso las que revelarán si en interés de la persona menor deben suspenderse de modo absoluto las relaciones con alguno de los progenitores.
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