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La requirente alega que las normas legales objetadas infringen el debido proceso, desde que limita la posibilidad de revisión de una cuestión netamente de fondo como es la determinación de si una prueba fue o no obtenida con infracción de garantías constitucionales, y si, en consecuencia, debe ser excluida, en circunstancias que tanto la jurisprudencia como la doctrina sostienen que el debido proceso comprende el denominado derecho a recurrir.
26 de junio de 2024