El plazo de prescripción para esa clase de acciones es de 5 años. No tiene aplicación el artículo 2521 del Código Civil, que fija un plazo de 3 años para acciones derivadas de impuestos, por cuanto estos últimos se caracterizan por no requerir una contraprestación directa, no siendo el caso de los derechos de aseo.
7 de octubre de 2022