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El Tribunal de alzada confirmó íntegramente la sentencia recurrida, dictada por el Primer Juzgado de Letras de San Felipe, que ordenó el pago de una indemnización total de $150.000.000 por concepto de daño moral, a las demandantes.
El Tribunal de alzada confirmó íntegramente la sentencia recurrida, dictada por el Primer Juzgado de Letras de San Felipe, que ordenó el pago de una indemnización total de $150.000.000 por concepto de daño moral, a las demandantes.
El máximo Tribunal desestimó la procedencia del recurso al estar presentado contra hechos establecidos por los jueces del fondo.
El Tribunal de alzada estableció el actuar arbitrario de la compañía asegurado al denegar la cobertura.
El máximo Tribunal descartó error de derecho en la sentencia impugnada, dictada por la Corte de Apelaciones de Antofagasta, que estableció la responsabilidad compartida del especialista y del Estado en la intervención médica negligente.
El máximo Tribunal consideró que el recurso no puede prosperar al ser mal planteado.
El máximo Tribunal descartó infracción de ley en la sentencia cuestionada, dictada por la Corte de Apelaciones de La Serena, que acogió la demanda y ordenó al médico resarcir el daño emergente y daño moral provocado a la paciente.
La espera de la cirugía no tiene explicación plausible, pues la paciente mantenía sintomatología, y la perforación del colon era una complicación posible, lo cual hacía exigible su intervención oportuna.
El Tribunal descartó actuar culpable o negligente de los demandados, al considerar que, tras la intervención, se hizo un seguimiento al paciente que permitió constatar, previo análisis y manejo de un equipo multidisciplinario, la existencia de una perforación al duodeno, la cual al fracasar los tratamiento no invasivos, fue tratada en forma quirúrgica, sin lograr la recuperación del paciente, quien falleció meses después, el 1 de octubre de 2014.