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Se accedió a un aumento de 30 días de plazo, aun si con ello se superaba el término establecido por el legislador por estimarse más beneficioso para la defensa de los coimputados y entendiendo que no existía riesgo procesal grave para las personas en cuyo favor se recurre, ya que ellas pueden solicitar la revisión de sus medidas cautelares en cualquier momento, informó el recurrido.
19 de julio de 2024