Isapres

Sentencia revocada por Corte Suprema.

Prestaciones referidas a la salud mental están cubiertas por todos los planes de salud y no solo por los suscritos con posterioridad a la Ley 21.331 que reconoce y protege los derechos de las personas con enfermedad mental o discapacidad psíquica o intelectual.

Los contratos de salud deben conformarse a las normas vigentes, más aún cuando éstas tienen por objetivo resguardar la garantía constitucional de la igualdad, al prohibir la discriminación.

7 de diciembre de 2023
Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Corte IDH supervisará medidas de reparación que el Estado de Chile debe cumplir en favor de una menor que requiere tratamiento médico especial, para cumplir sentencia de fondo.

Es indispensable que el Estado avance de forma prioritaria en la elaboración y suscripción del contrato que señaló que FONASA celebrará con el prestador de servicios de salud privado. Ello, con el fin de que se garantice que la cobertura del tratamiento médico otorgada a través de dicho contrato entre en vigencia de forma inmediata una vez culmine la cobertura del actual seguro de la menor.

16 de septiembre de 2023