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El conflicto planteado no puede ser dilucidado mediante una acción de naturaleza cautelar como lo es el recurso de protección.
8 de marzo de 2023
El conflicto planteado no puede ser dilucidado mediante una acción de naturaleza cautelar como lo es el recurso de protección.
El usuario de un Tribunal tiene derecho a requerir antecedentes de su interés, por lo que la falta de recursos no es un argumento válido para negar aquella solicitud.
La recurrente estimó vulnerada su garantía constitucional del numeral 2 del artículo 19 de la Carta Fundamental.