Es improcedente el cobro de factura que el ejecutante intentó fuera del procedimiento concursal si el acreedor recibió pagos en el Acuerdo de Reorganización de la Empresa Deudora.
El recurrente no pudo probar que su crédito no estaba incluido en el acuerdo concursal, al no argumentar mediante norma decisoria los basamentos del tribunal de fondo para acoger excepción del ejecutado.