![](https://www.diarioconstitucional.cl/wp-content/uploads/2024/04/JARDIN-INFANTIL-LIRCAY_EXTERIOR-02-copia-1024x576-1.jpg)
Debe primar en la autoridad educacional una actividad de carácter preventivo para estimular el cumplimiento de la normativa educacional y tener a disposición y distribuir entre los sostenedores un formato tipo con la estructura y exigencias mínimas que debe tener un Reglamento Interno.