Juzgado de Garantía de Chillán


Resulta improcedente la imposición anticipada de la medida cautelar de prisión preventiva respecto de un imputado que no se encuentra cumpliendo una condena, resuelve la Corte Suprema.

20 de noviembre de 2022
El amparado ya se encuentra sujeto a la medida cautelar de prisión preventiva en causa seguida ante el mismo Juzgado de Garantía de Chillán, de forma tal que una segunda medida cautelar de dicha entidad, ahora a propósito de una causa diversa -del mismo tribunal-, no puede ser impuesta de forma anticipada.