El despido surge como discriminatorio, motivado por la orientación sexual del demandante.
Las lesiones a los derechos fundamentales imputables al empleador en el marco del procedimiento de tutela rara vez se presentan en forma explícita.
Las lesiones a los derechos fundamentales imputables al empleador en el marco del procedimiento de tutela rara vez se presentan en forma explícita.
Los Inspectores del Trabajo tienen el carácter de Ministros de fe respecto de todas las actuaciones que realicen en el ejercicio de sus funciones.
La actora invocó la causal prevista en el artículo 160 N°7 del Código del Trabajo.
La sentencia impugnada sólo dio lugar a la demanda de nulidad del despido impetrada por una profesora.
La autoridad administrativa mantuvo las multas aplicadas a la reclamante por un total de 70 UTM.
La demanda se dedujo por cinco operarios de planta en contra de Industrial y Servicios SPA, Sociedad de Servicio de Obras Civiles e Ingeniería SPA, y Macarena Del Carmen Savich Nicolichi.
La convalidación del despido exige la concurrencia copulativa de los requisitos señalados en el inciso sexto del artículo 162 del Código del Trabajo.
La acción se funda en la no entrega del trabajo convenido por la demandada principal, motivado en el inicio del proceso de liquidación concursal.
El Tribunal acogió, además, la demanda de cobro de prestaciones y ordenó a la Universidad de Antofagasta al entero de las cotizaciones previsionales, de salud y AFC, adeudadas.