
La remuneración variable debe ser devengada en forma diaria.
La remuneración variable debe ser devengada en forma diaria.
El tribunal de Alzada determinó que la actora no estaba embarazada a la fecha del despido.
El tribunal concluye que el proceso de negoción colectiva no se encontraba vigente a la fecha del despido.
El tribunal sostuvo que la norma del artículo 162 inciso quinto del Código del Trabajo no comprende la conclusión del nexo laboral decidida por el dependiente.
El Tribunal de alzada estimó que la causal del artículo 160 N°2 del Código del Trabajo exige la concreción de un negocio en el mismo rubro.
La demandada fundó el término de la relación laboral en el accidente en que participó el actor y que dejó cuatro lesionados.
El contrato de trabajo finalizó por mutuo acuerdo de las partes.
El actor acreditó todos los indicios de subordinación y dependencia laboral.
El argumento que se invoca para aplicar supletoriamente el Código del Trabajo no tiene sustento.