La impugnación se dedujo por la Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante.
6 de junio de 2021
La impugnación se dedujo por la Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante.
La sentenciadora se excedió en sus atribuciones.
Si bien la demandante vendía productos de la contratista, en el contrato de trabajo se fijaron sus funciones como promotora de la tienda Ripley.