Legación diplomática

Normativa europea se opone a que los Estados miembros exijan, sin excepción, que las solicitudes de reagrupación familiar sean tramitadas en una legación diplomática. Las circunstancias extraordinarias deben ser ponderadas.

La falta de toda flexibilidad por parte del Estado miembro puede imposibilitar la observancia de los plazos legales establecidos. Por consiguiente, la reagrupación familiar podría verse sometida a requisitos adicionales más difíciles de cumplir, contraviniendo el objetivo de la normativa europea de prestar una especial atención a la situación de los refugiados.

22 de abril de 2023