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Obra fue presentada por María Magdalena Ossandón, académica de la Pontificia Universidad Católica de Chile.
Obra fue presentada por María Magdalena Ossandón, académica de la Pontificia Universidad Católica de Chile.
Se alega que la sanción establecida otorga una discrecionalidad a los Juzgados de Policía Local que contravendría los principios de legalidad, tipicidad y proporcionalidad contenidos en la Constitución.
Aún cuando los policías hayan estimado que lo realizado fue un control de identidad, lo sustancial es que los hechos se encuadran en una situación de flagrancia.
Luego de que la Sala designada por el Presidente del TC declara la admisibilidad del requerimiento deducido, le corresponde al Tribunal Pleno, en definitiva, emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.
Esto, a propósito de solicitud de empresa que objeta la legalidad del cobro de derechos por la “revisión de expedientes para la tramitación de permisos de instalación de torres de soporte de antenas y sistemas radiantes de transmisión de telecomunicaciones” que se establecería en las respectivas ordenanzas de las municipalidades de Cerro Navia, El Bosque, La Florida, Lo Prado, San Felipe, La Calera y La Reina.