Acusada por un delito de homicidio que padece retraso mental y es víctima de abuso sexual debe juzgarse con perspectiva de género y de discapacidad, resuelve la Corte Suprema de Argentina.
No correspondía prescindir del valor probatorio de las manifestaciones de la acusada relativas a que era víctima de abuso sexual y que disparo para defenderse del intento de violación, y de la deficiencia mental e intelectual que padece.