
El artículo reflexiona sobre una trascendental decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación de México en la que reconoce e incorpora al derecho interno los crímenes de lesa humanidad.
El artículo reflexiona sobre una trascendental decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación de México en la que reconoce e incorpora al derecho interno los crímenes de lesa humanidad.
El padre de los demandantes fue detenido por agentes del Estado en 1974, y desde aquella época no se tienen noticias de su paradero, por lo que el Fisco debe indemnizar a los actores que quedaron huérfanos a temprana edad, sin excusarse en disposiciones de derecho interno para eludir su obligación de reparación integral respecto de víctimas de crímenes de lesa humanidad.
El 1 de julio, la Corte IDH ordenó a Perú en una resolución que a través de sus tres poderes —ejecutivo, legislativo y judicial— “tome las acciones necesarias para que no se adopten, se dejen sin efecto o no se otorgue vigencia” a un proyecto aprobado el jueves 4 de julio en el Congreso “que dispone la prescripción de los crímenes de lesa humanidad perpetrados en el Perú” desde antes de 2002.
Es evidente que esta ley colisiona con los Derechos Humanos, se va en contra de los fallos de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, fuente del Derecho Internacional Público y decisión de cumplimiento obligatorio para el Estado Parte condenado; pero también atenta directamente con la Convención sobre la Imprescriptibilidad de los crímenes de guerra y de los crímenes de lesa humanidad.
La magistratura confirmó la condena al ex oficial de Carabineros, al razonar que los jefes del recinto policial son responsables de los hechos ocurridos al interior de su unidad, por ende, es irrelevante discutir si el acusado actuó o no materialmente en la muerte de las víctimas, en atención a su posición de jefatura de una institución jerarquizada.
La reanudación de la investigación de la Fiscalía de la CPI en la situación de Venezuela quedó en firme ¿Qué sigue? ¿Qué oportunidades surgen?
El máximo tribunal, en general, se manifiesta a favor de la iniciativa legal, pero advierte sobre el impacto que podría ocasionar la propuesta en los casos de condenados por casos de violaciones a los derechos humanos.
El máximo Tribunal resolvió que las normas de prescripción civil no pueden aplicarse a los delitos de lesa humanidad, y que el Estado se encuentra en la obligación de reparar el daño causado por sus agentes a las víctimas de estos delitos.
La norma, devuelta a la Comisión de Constitución de la Cámara de Diputados por ser objeto de indicaciones, se aplicaría cualquiera haya sido la denominación o clasificación que dichas conductas hubiesen tenido al momento de la condena.
No podrán acceder a los beneficios del Sistema de Reinserción Social las personas que, en conformidad al derecho internacional, hayan sido condenadas por los delitos de genocidio, crímenes de lesa humanidad o crímenes de guerra.
El Decreto Ley N°321 incrementó los requisitos para postular a los beneficios de libertad condicional a los condenados por delitos de genocidio, crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra.